lunes, 9 de diciembre de 2019

Caso práctico del Aps en la enseñanza de justicia restaurativa. Métodos de resolución de conflictos alternativos al judicial y reparación del daño.

Uno de los objetivos de este proyecto de innovación docente es acercar la praxis de la justicia al ámbito universitario, viendo sus pros y contras. A la vez que pretende reflexionar sobre la visión que florece en los medios de comunicación, siendo la que al final queda reflejada en la comunidad.

Como se vió en la simulación de juicios, los hechos finalmente fueron resueltos mediante la aplicación de la pena de acuerdo con el artículo 149.1 del código penal, el cual determina lo siguiente:
“El que causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, será castigado con la pena de prisión de seis a doce años” (Art 149.1 cp)

El victimario -Sergio- causó la pérdida de la visión del ojo derecho de Borja, la víctima, con la intención específica de lesionar -aunque no específicamente de lesionar una parte de su cuerpo en concreto- de acuerdo con la sentencia; por lo que interpuestos todos los recursos y acabada toda la vía judicial que tuvo lugar, se impuso la condena a seis años de prisión -a excepción de uno de los juicios que se condenó a un año, que fue objeto de recurso y también se condenó a 6 años-.

Recordando el proceso, si hacemos un repaso de las preguntas realizadas por el fiscal, podemos discernir sobre lo que es relevante en un juicio. Y así, sabemos que no interesa la versión de nadie que no sea un testigo presencial. Por lo tanto, no es relevante la versión de la psicóloga de Sergio, ni de su familia, ni de nadie que pudiera ayudar a aclarar cuáles eran las circunstancias psicológicas de Sergio en el momento en el que ocurrieron los hechos. Elbfiscal se centraba en el entonces, en lo que ocurrió en aquel momento exactamente, ese es su
interés por Borja: ¿Donde estaba usted entonces?, ¿Con quién estaba usted entonces? ¿Qué hizo usted entonces?

La víctima, por otro lado, fue tratada de una forma parecida al victimario, pues se le hicieron las mismas preguntas, o muy parecidas, sin entrar a valorar más allá que lo que ocurrió ese día concreto, sin tener en cuenta el daño que ser agredido puede causar en diferentes aspectos de tu vida, por ejemplo en el aspecto emocional.

Pero la dimensión identitaria de una persona va mucho más allá de un momento concreto, en una situación concreta: más allá de un comportamiento en un momento dado. Sin embargo ni la condición psicopatológica del victimario ni la de la víctima, interesa más allá de si toma medicación o no. Por tanto, nos surge una pregunta: ¿es posible que se haya condenado de acuerdo a una visión sesgada de la realidad? ¿ha podido reflejar Borja, con su testimonio, la realidad de su situación?

Tras la simulación de juicios se entregó una encuesta al alumnado participante, se han recogido 174 respuestas, en donde la mayoría se muestra a favor de dedicar en el juicio un espacio para expresar los sentimientos. También hay quien pone de manifiesto que por falta de tiempo -durante el juicio- o para evitar una posible afección en la pena, sería más conveniente tratar esta cuestión en un proceso restaurativo a posteriori.

En la próxima sesión del 12 de diciembre se va a llevar a cabo una simulación de un círculo restaurativo. Abordando el mismo tema, pasados 5 años de la celebración del juicio. Tras 8 jornadas de trabajo individual, donde Sergio ha trabajado en sus sentimientos y necesidades durante los hechos y pasado ese tiempo. Sergio también se ha puesto en el lado de la víctima, Borja, y ha contado los hechos desde esta perspectiva. En este vídeo se recoge una muestra de este proceso.


Por otro lado, Borja también ha trabajado durante 8 sesiones en el proceso restaurativo. Ha contado cómo ha vivido durante estos 5 años, el apoyo de su familia y de la universidad en la que ha estudiado. Sus sentimientos y necesidades en cuanto a la pérdida de visión están recogidas en este vídeo.


Los círculos restaurativos son una práctica de la justicia restaurativa en la que participan víctima y victimario junto a personas afectadas por el delito o interesadas en participar.
La práctica se adapta al número de personas que participen. La metodología requiere que las personas se coloquen en círculo y para la dinámica se utilizará un objeto para determinar el turno de participación. 



Para la práctica se requiere:
- Análisis de los relatos de víctima y victimario (vídeo y campus virtual)
- Desgranar los hechos objetivos, sentimientos y necesidades. Diferenciando etapas (1. en el momento de los hechos 2. en el momento del juicio 3. Después del proceso restaurativo realizado 5 años después del juicio)
- Identificar qué personas son importantes a la hora de participar en el círculo.

Esperamos que esta muestra de resolución de conflictos sirva de guía para aprender a reparar el daño y permitir una reinserción en convivencia.




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